Tomado de Escuela Salud Pública
Dos jefas de programas de salud y una decena de académicos de la escuela cuestionan cómo el Ministerio de Salud ha despachado el reglamento de la ley de Rotulado y Publicidad de Alimentos (20.606), conocida como "Ley Súper 8". La controversia radica hoy principalmente en la gradualidad de su implementación, en los niveles tolerables de cada grupo de nutrientes y en el tipo de etiquetado a usar.
Durante julio de 2012, en Chile se aprueba la Ley 20.606 sobre composición nutricional de Alimentos y su Publicidad, y en mayo de 2014, el Ministerio de Salud convoca a un grupo de expertos para proponer un reglamento que defina los perfiles de nutrientes y los aspectos relativos a la publicidad. Para ello los expertos revisaron diversa evidencia científica internacional y propusieron los valores para considerar que un alimento contiene un “exceso de” nutrientes críticos (grasa, sal y azúcar), con la respectiva gráfica y restricciones publicitarias. Esta propuesta fue puesta en consulta pública nacional e internacional en el sitio web del Minsal. Una de los profesionales que integraron el comité de expertos fue la Dra. Marcia Erazo, jefa del programa Nutrición de Poblaciones de la Escuela de Salud Pública UCh.
Una vez terminada la consulta pública, el Ministerio de Salud decide posponer en cuatro años la puesta en vigencia de los valores críticos para la definición de “exceso de”, estableciendo, además, una disminución gradual en el tiempo.
“Desde la perspectiva de salud pública, esta medida no se condice con los acuerdos y planes de acción internacionales firmados por las autoridades nacionales, ya que para lograr descender en un 25% la prevalencia de las enfermedades no trasmisibles (ENT) al 2025, el Estado de Chile se comprometió con metas intermedias y finales que implican poner en acción lo antes posible estrategias para su prevención y control, como es la aplicación de la ley 20.606”, enfatiza la Dra. Marcia Erazo.
Y agrega que: “Los problemas y desventajas de esta decisión son múltiples. El rol de la autoridad sanitaria es velar por el bienestar de la población. Cuando hay evidencia científica que indica que el consumo de alimentos con exceso de nutrientes críticos aumenta el riesgo de presentar ENT y sus factores de riesgo asociados, como obesidad e hipertensión entre otros, la autoridad tiene el deber de generar políticas públicas que protejan la salud de la población. Por ello, debe implementar el reglamento con los valores propuestos por el comité de expertos y en los plazos que la ley estipula”.
De esta forma, el grupo de académicos ESP, compuesto, entre otros, por la Dra. Soledad Martínez, jefa del programa Políticas, Sistemas y Gestión de Salud, abogan porque la puesta en marcha del reglamento de la ley se establezca como máximo en un plazo de un año, en tanto que la gradualidad que propone el gobierno es de 4 años.
La académica explica que: “alargar por 4 años el proceso, además de confundir a la población, hace al reglamento más vulnerable, porque en dos años más cambia el gobierno, puede venir una nueva discusión, el reglamento se puede caer y la implementación queda hasta ahí. Tiene que haber una claridad respecto a los niveles, la implementación debe ser directa y no gradual en años”.
Por su parte, el profesor Cristóbal Cuadrado enfatiza en que: “Si hay una gradualidad, podría tener plazo de un año para cada uno de los etiquetados, es decir, podría entrar primero el de la sal, luego el azúcar, pero no ir cambiando el nivel para cada uno de los nutrientes, porque es muy confuso. Esto es tremendamente complejo, porque significa que cada año habría un límite distinto para cada nutriente. El primer año el límite para el azúcar es tanto, pero el año siguiente tiene otro valor. Eso genera complejidades obvias, como producir confusión en la población. Me opongo totalmente a ello”, afirma el académico del mismo programa, quien es miembro del Frente por un Chile Saludable, organización que publicó una carta abierta a la Presidenta Michelle Bachelet bajo el lema “#SalvemosLeySúper8”.
Añade que “hubo y hay mucha presión de la industria de alimentos contra el reglamento, ejercida a través de los ministerios de Economía y Hacienda, para tener un reglamento influenciado por temas que no tienen que ver con salud y que no tiene su foco en proteger a las personas ni en permitirles tomar una decisión informada”.
Asimismo indica que “esto es muy grave, porque se están defendiendo intereses económicos y de salud de la población. En el proceso político se hace participar a académicos y expertos, pero finalmente no se considera su opinión en la generación del reglamento ni en la política pública en general”.
Por su parte, la Dra. Soledad Martínez afirma que “como está el ambiente político, cualquier decisión que el Gobierno tome en defensa de la ciudadanía y en contra de los poderes fácticos e intereses económicos es una buena noticia. La gente está esperando que el Gobierno sea defensor de sus derechos y no de los grupos económicos”.
La académica Marcia Erazo destaca que “Chile ha sido tradicionalmente un referente regional en salud pública, especialmente en materias alimentario-nutricionales, por lo que no actuar ante una epidemia de obesidad de tal magnitud e impacto económico y social como la que vivimos y ceder a intereses distintos de los de salud, no sólo pone en riesgo la salud de la población nacional, sino además pone en riesgo las iniciativas de otros países para proteger la salud de sus poblaciones”.
Sandra Vargas Bravo
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